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VERTIDOS MARINOS
ORDEN ECI/1388/2004, de 12 de mayo, por la que
se establecen las bases de concesi�n y se hace p�blica la convocatoria
para el a�o 2004, de ayudas para la realizaci�n de proyectos de
investigaci�n en el marco de la acci�n estrat�gica sobre actuaciones
de I+D contra vertidos marinos accidentales.
El fin de la Acci�n Estrat�gica sobre actuaciones de I+D contra
vertidos marinos accidentales, es mejorar el conocimiento y la tecnolog�a
relacionadas con las consecuencias de accidentes como el ocurrido
con el buque Prestige. La soluci�n de los problemas generados requiere
esfuerzos de investigaci�n y desarrollo tecnol�gico prolongados
durante varios a�os. Estos esfuerzos se canalizar�n a trav�s de
proyectos de investigaci�n como los contemplados en la presente
Orden.
Objeto.
El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesi�n
y hacer p�blica la convocatoria para el a�o 2004, en r�gimen de
publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras
para la realizaci�n de proyectos de investigaci�n en el marco de
la Acci�n Estrat�gica sobre Actuaciones de I+D contra vertidos marinos
accidentales. La Direcci�n General de Investigaci�n ser� el �rgano
instructor del procedimiento.
Beneficiarios.
Podr�n ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas
en la presente Orden los centros p�blicos de I+D, los centros privados
de I+D sin �nimo de lucro y los centros tecnol�gicos a los que pertenezca
el investigador principal del proyecto, que no se encuentren inhabilitados
para la obtenci�n de subvenciones p�blicas o para contratar con
el Estado u otros entes p�blicos. En los proyectos coordinados,
en caso de entidades diferentes, las entidades beneficiarias ser�n
aquellas a las que pertenezcan los investigadores principales de
cada subproyecto.
Tipos de proyectos.
Los proyectos de investigaci�n, objeto de estas ayudas, son aquellos
cuyo objetivo es la obtenci�n de nuevos conocimientos generales,
cient�ficos o t�cnicos. Estos nuevos conocimientos deben suponer
un avance en el �mbito en el que se encuadren y, en su caso, resultar
de utilidad para la creaci�n o mejora de productos, procesos o servicios.
Los proyectos de investigaci�n podr�n ser tanto de investigaci�n
b�sica como de investigaci�n aplicada. En �ste �ltimo caso el desarrollo
de los mismos deber� resultar de utilidad para la creaci�n o mejora
de productos, procesos y servicios.
A los proyectos de investigaci�n podr�n vincularse empresas u otras
entidades p�blicas o privadas, espa�olas o extranjeras, interesadas
en los resultados de los mismos, sin que dicha participaci�n suponga
ning�n tipo de ayuda directa con cargo a esta convocatoria.
Los proyectos de las modalidades anteriores podr�n presentarse como
proyectos individuales o como proyectos coordinados. Los proyectos
coordinados, tanto unidisciplinares como multidisciplinares, estar�n
constituidos por dos o m�s subproyectos a cargo de otros tantos
equipos de investigaci�n, de distintas entidades o de la misma entidad,
siempre que pertenezcan a diferentes departamentos universitarios,
institutos universitarios de investigaci�n o institutos y centros
de investigaci�n. En el caso en el que en el proyecto participen
entidades diferentes, las entidades beneficiarias ser�n aqu�llas
a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto.
En los proyectos que se presenten como coordinados deber� justificarse
adecuadamente la necesidad de dicha coordinaci�n para abordar los
objetivos propuestos, as� como los beneficios esperados de la misma.
Duraci�n de los proyectos.
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tendr�n un periodo
de ejecuci�n de tres a�os. En casos excepcionales debidamente justificados
podr�n tener una duraci�n menor.
Modalidades y cuant�a de las ayudas.
Las ayudas a la financiaci�n de proyectos de investigaci�n podr�n
concederse como subvenci�n o como subvenci�n con anticipo reembolsable.
Las caracter�sticas de las ayudas en forma de anticipos reembolsables
ser�n las siguientes:
Importe m�ximo: Se determinar� a partir de la cuant�a de
la subvenci�n principal en funci�n de los recursos que pudiera corresponder
financiar a trav�s del FEDER de acuerdo con lo dispuesto en el p�rrafo
segundo del apartado quinto.8.
Plazo m�ximo de amortizaci�n: El plazo vendr� determinado
por la duraci�n del proyecto objeto de subvenci�n, incrementado
en dos a�os. La alteraci�n del plazo de amortizaci�n finalmente
concedido se regir� por lo dispuesto en el apartado decimotercero.4.
En la resoluci�n se podr� conceder un plazo de carencia.
Tipo de inter�s: 0 %.
Las ayudas previstas en la presente Orden podr�n financiar total
o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas.
Su cuant�a se determinar� en cada caso en el proceso de selecci�n
teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias.
Las ayudas concedidas ser�n compatibles con otras ayudas o subvenciones,
cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre
que conjuntamente no superen el coste total del proyecto. El solicitante
deber� declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para el
mismo proyecto, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier
momento en que ello se produzca, y aceptar� las eventuales minoraciones
aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.
Las ayudas previstas en esta convocatoria ser�n incompatibles con
la obtenci�n de otro tipo de ayudas financiadas con el Fondo Europeo
de Desarrollo Regional (FEDER) para la cofinanciaci�n de las inversiones
incluidas en estos proyectos. Las ayudas podr�n financiar hasta
el 100 por 100 de los costes marginales del proyecto. Se considerar�n
costes marginales aquellos que se originan exclusivamente por el
desarrollo de las actividades correspondientes a la realizaci�n
del proyecto.
Conceptos susceptibles de ayuda.
Las ayudas previstas en la presente Orden se destinar�n a cubrir
los gastos relacionados con el desarrollo y ejecuci�n de las actividades
para las que hayan sido concedidas.
En el presupuesto de los proyectos presentados a costes marginales
las ayudas podr�n aplicarse a los siguientes conceptos:
Costes directos.
Costes de personal: Costes ocasionados por la participaci�n en el
proyecto de personal contratado temporal o en r�gimen de formaci�n,
ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente
con el organismo solicitante, que podr� incorporarse al proyecto
durante todo o parte del tiempo de duraci�n previsto, en dedicaci�n
parcial o total.
Los costes de personal podr�n referirse a doctores, titulados superiores,
titulados medios y personal t�cnico de apoyo a la investigaci�n.
Dicho personal habr� de incorporarse bajo cualquier modalidad de
contrataci�n temporal, o en r�gimen de formaci�n, acorde con la
normativa vigente y con las normas del organismo solicitante, sin
que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporaci�n
a los Organismos P�blicos de Investigaci�n dependientes de la Administraci�n
General del Estado.
En el caso de que los costes de personal incluidos tuviesen como
destino la financiaci�n de personal en r�gimen de formaci�n predoctoral,
su dotaci�n ser� como m�nimo la establecida para las becas predoctorales
de Formaci�n de Investigadores en el marco del Programa Nacional
de Potenciaci�n de Recursos Humanos del Plan Nacional de I+D+I (2004-2007).
Por otro lado, se valorar�, tanto en la evaluaci�n como en el seguimiento,
la implicaci�n efectiva de este personal en formaci�n en las actividades
del proyecto y en sus resultados de investigaci�n.
Costes de ejecuci�n: Costes debidamente justificados tales como
los de adquisici�n de peque�os equipamientos cient�fico-t�cnicos,
material bibliogr�fico, material fungible, viajes y dietas, etc.,
as� como los costes de utilizaci�n de servicios generales de apoyo
a la investigaci�n o grandes instalaciones cient�ficas.
Costes indirectos.
En concepto de costes indirectos, las entidades beneficiarias recibir�n
un 15 por 100 de los costes directos totales concedidos a los proyectos.
En el presupuesto de los proyectos presentados a costes totales
(modalidad a la que s�lo pueden optar los centros tecnol�gicos y
los centros privados de I+D sin �nimo de lucro que dispongan de
contabilidad anal�tica) las ayudas podr�n aplicarse a los siguientes
conceptos:
Costes de personal propio o contratado para el proyecto, tanto personal
investigador como de apoyo t�cnico.
Costes de ejecuci�n: costes de amortizaci�n de equipamiento cient�fico-
t�cnico de nueva adquisici�n, costes de utilizaci�n de instalaciones
o equipos, en la medida en que tal equipamiento se destine a la
actividad propuesta, y otros costes debidamente justificados (material
fungible, viajes y dietas, etc.).
Formalizaci�n y presentaci�n de solicitudes.
El plazo de presentaci�n de solicitudes ser� de 50 d�as naturales
contados a partir del d�a siguiente a la publicaci�n de la presente
Orden.
Los solicitantes deber�n encuadrar su solicitud dentro de alguna
de las prioridades cient�fico-t�cnicas recogidas en el Anexo I.
En el caso de proyectos coordinados, si la coordinaci�n se estimase
innecesaria, se podr�n reconducir de oficio a proyectos individuales,
con notificaci�n a los solicitantes.
Las solicitudes ser�n resueltas y notificadas en el plazo m�ximo
de seis meses desde la publicaci�n de la correspondiente convocatoria.
L�neas Cient�fico-T�cnicas Prioritarias
1. Estudios geof�sicos de las zonas afectadas por el vertido del
Prestige.
1.1 Caracterizaci�n espacio-temporal y din�mica de las masas
de agua como apoyo a sistemas operacionales.
1.2 Contaminaci�n y procesos biogeoqu�micos.
1.3 Identificaci�n de riesgos: sedimentarios y tect�nicos.
2. Distribuci�n y din�mica de vertidos accidentales en los ecosistemas
marinos.
2.1 Seguimiento espacio-temporal de la contaminaci�n en medios bi�ticos
y abi�ticos. Identificaci�n de organismos indicadores.
2.2 Procesos de degradaci�n fotoqu�mica y microbiol�gica de contaminantes.
Implicaciones ecotoxicol�gicas y para la regeneraci�n de zonas contaminadas.
2.3 Procesos de bioremediaci�n.
3. Evoluci�n del impacto sobre los sistemas biol�gicos marinos.
3.1 Evaluaci�n del impacto sobre la biodiversidad: Distribuci�n
y abundancia de poblaciones y comunidades. Seguimiento de la recuperaci�n
de los ecosistemas.
3.2 Evaluaci�n del impacto sobre las distintas fases del ciclo biol�gico
estructura demogr�fica de especies relevantes desde el punto de
vista ecol�gico y comercial. Selecci�n de especies bioindicadoras
y centinelas de la contaminaci�n.
3.3 Evaluaci�n toxicol�gica, sus componentes y sus productos de
degradaci�n sobres la reproducci�n, el crecimiento y la supervivencia
en especies explotadas o de inter�s ecol�gico. Biomarcadores, respuestas
morfol�gicas, bioensayos.
3.4 Redes tr�ficas.
3.5 T�cnicas de rehabilitaci�n y restauraci�n de espacios afectados
por vertidos marinos accidentales.
4. Gesti�n de riesgo para el ecosistema
4.1 Indicadores de vulnerabilidad y mapas de sensibilidad.
4.2 Evaluaci�n de los efectos socioecon�micos, comerciales y no
comerciales.
4.3 Instrumentos de toma de decisiones.
4.4 Dise�o de planes de contingencia.
4.5 Tecnolog�a de choque ante vertidos y contaminaci�n marina.
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