Vertidos Marinos

     


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VERTIDOS MARINOS

ORDEN ECI/1388/2004, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases de concesi�n y se hace p�blica la convocatoria para el a�o 2004, de ayudas para la realizaci�n de proyectos de investigaci�n en el marco de la acci�n estrat�gica sobre actuaciones de I+D contra vertidos marinos accidentales.

El fin de la Acci�n Estrat�gica sobre actuaciones de I+D contra vertidos marinos accidentales, es mejorar el conocimiento y la tecnolog�a relacionadas con las consecuencias de accidentes como el ocurrido con el buque Prestige. La soluci�n de los problemas generados requiere esfuerzos de investigaci�n y desarrollo tecnol�gico prolongados durante varios a�os. Estos esfuerzos se canalizar�n a trav�s de proyectos de investigaci�n como los contemplados en la presente Orden.

Objeto.

El objeto de la presente Orden es regular el procedimiento de concesi�n y hacer p�blica la convocatoria para el a�o 2004, en r�gimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas financieras para la realizaci�n de proyectos de investigaci�n en el marco de la Acci�n Estrat�gica sobre Actuaciones de I+D contra vertidos marinos accidentales. La Direcci�n General de Investigaci�n ser� el �rgano instructor del procedimiento.

Beneficiarios.

Podr�n ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los centros p�blicos de I+D, los centros privados de I+D sin �nimo de lucro y los centros tecnol�gicos a los que pertenezca el investigador principal del proyecto, que no se encuentren inhabilitados para la obtenci�n de subvenciones p�blicas o para contratar con el Estado u otros entes p�blicos. En los proyectos coordinados, en caso de entidades diferentes, las entidades beneficiarias ser�n aquellas a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto.

Tipos de proyectos.

Los proyectos de investigaci�n, objeto de estas ayudas, son aquellos cuyo objetivo es la obtenci�n de nuevos conocimientos generales, cient�ficos o t�cnicos. Estos nuevos conocimientos deben suponer un avance en el �mbito en el que se encuadren y, en su caso, resultar de utilidad para la creaci�n o mejora de productos, procesos o servicios.

Los proyectos de investigaci�n podr�n ser tanto de investigaci�n b�sica como de investigaci�n aplicada. En �ste �ltimo caso el desarrollo de los mismos deber� resultar de utilidad para la creaci�n o mejora de productos, procesos y servicios.

A los proyectos de investigaci�n podr�n vincularse empresas u otras entidades p�blicas o privadas, espa�olas o extranjeras, interesadas en los resultados de los mismos, sin que dicha participaci�n suponga ning�n tipo de ayuda directa con cargo a esta convocatoria.

Los proyectos de las modalidades anteriores podr�n presentarse como proyectos individuales o como proyectos coordinados. Los proyectos coordinados, tanto unidisciplinares como multidisciplinares, estar�n constituidos por dos o m�s subproyectos a cargo de otros tantos equipos de investigaci�n, de distintas entidades o de la misma entidad, siempre que pertenezcan a diferentes departamentos universitarios, institutos universitarios de investigaci�n o institutos y centros de investigaci�n. En el caso en el que en el proyecto participen entidades diferentes, las entidades beneficiarias ser�n aqu�llas a las que pertenezcan los investigadores principales de cada subproyecto. En los proyectos que se presenten como coordinados deber� justificarse adecuadamente la necesidad de dicha coordinaci�n para abordar los objetivos propuestos, as� como los beneficios esperados de la misma.

Duraci�n de los proyectos.


Los proyectos que se presenten a esta convocatoria tendr�n un periodo de ejecuci�n de tres a�os. En casos excepcionales debidamente justificados podr�n tener una duraci�n menor.

Modalidades y cuant�a de las ayudas.

Las ayudas a la financiaci�n de proyectos de investigaci�n podr�n concederse como subvenci�n o como subvenci�n con anticipo reembolsable.

Las caracter�sticas de las ayudas en forma de anticipos reembolsables ser�n las siguientes:

Importe m�ximo: Se determinar� a partir de la cuant�a de la subvenci�n principal en funci�n de los recursos que pudiera corresponder financiar a trav�s del FEDER de acuerdo con lo dispuesto en el p�rrafo segundo del apartado quinto.8.

Plazo m�ximo de amortizaci�n: El plazo vendr� determinado por la duraci�n del proyecto objeto de subvenci�n, incrementado en dos a�os. La alteraci�n del plazo de amortizaci�n finalmente concedido se regir� por lo dispuesto en el apartado decimotercero.4. En la resoluci�n se podr� conceder un plazo de carencia.

Tipo de inter�s: 0 %.

Las ayudas previstas en la presente Orden podr�n financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuant�a se determinar� en cada caso en el proceso de selecci�n teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias.

Las ayudas concedidas ser�n compatibles con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, siempre que conjuntamente no superen el coste total del proyecto. El solicitante deber� declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para el mismo proyecto, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento en que ello se produzca, y aceptar� las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

Las ayudas previstas en esta convocatoria ser�n incompatibles con la obtenci�n de otro tipo de ayudas financiadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para la cofinanciaci�n de las inversiones incluidas en estos proyectos. Las ayudas podr�n financiar hasta el 100 por 100 de los costes marginales del proyecto. Se considerar�n costes marginales aquellos que se originan exclusivamente por el desarrollo de las actividades correspondientes a la realizaci�n del proyecto.

Conceptos susceptibles de ayuda.


Las ayudas previstas en la presente Orden se destinar�n a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecuci�n de las actividades para las que hayan sido concedidas.

En el presupuesto de los proyectos presentados a costes marginales las ayudas podr�n aplicarse a los siguientes conceptos:

Costes directos.


Costes de personal: Costes ocasionados por la participaci�n en el proyecto de personal contratado temporal o en r�gimen de formaci�n, ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente con el organismo solicitante, que podr� incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duraci�n previsto, en dedicaci�n parcial o total.

Los costes de personal podr�n referirse a doctores, titulados superiores, titulados medios y personal t�cnico de apoyo a la investigaci�n. Dicho personal habr� de incorporarse bajo cualquier modalidad de contrataci�n temporal, o en r�gimen de formaci�n, acorde con la normativa vigente y con las normas del organismo solicitante, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporaci�n a los Organismos P�blicos de Investigaci�n dependientes de la Administraci�n General del Estado.

En el caso de que los costes de personal incluidos tuviesen como destino la financiaci�n de personal en r�gimen de formaci�n predoctoral, su dotaci�n ser� como m�nimo la establecida para las becas predoctorales de Formaci�n de Investigadores en el marco del Programa Nacional de Potenciaci�n de Recursos Humanos del Plan Nacional de I+D+I (2004-2007). Por otro lado, se valorar�, tanto en la evaluaci�n como en el seguimiento, la implicaci�n efectiva de este personal en formaci�n en las actividades del proyecto y en sus resultados de investigaci�n.

Costes de ejecuci�n: Costes debidamente justificados tales como los de adquisici�n de peque�os equipamientos cient�fico-t�cnicos, material bibliogr�fico, material fungible, viajes y dietas, etc., as� como los costes de utilizaci�n de servicios generales de apoyo a la investigaci�n o grandes instalaciones cient�ficas.

Costes indirectos.

En concepto de costes indirectos, las entidades beneficiarias recibir�n un 15 por 100 de los costes directos totales concedidos a los proyectos.

En el presupuesto de los proyectos presentados a costes totales (modalidad a la que s�lo pueden optar los centros tecnol�gicos y los centros privados de I+D sin �nimo de lucro que dispongan de contabilidad anal�tica) las ayudas podr�n aplicarse a los siguientes conceptos:

Costes de personal propio o contratado para el proyecto, tanto personal investigador como de apoyo t�cnico.

Costes de ejecuci�n: costes de amortizaci�n de equipamiento cient�fico- t�cnico de nueva adquisici�n, costes de utilizaci�n de instalaciones o equipos, en la medida en que tal equipamiento se destine a la actividad propuesta, y otros costes debidamente justificados (material fungible, viajes y dietas, etc.).

Formalizaci�n y presentaci�n de solicitudes.

El plazo de presentaci�n de solicitudes ser� de 50 d�as naturales contados a partir del d�a siguiente a la publicaci�n de la presente Orden.

Los solicitantes deber�n encuadrar su solicitud dentro de alguna de las prioridades cient�fico-t�cnicas recogidas en el Anexo I. En el caso de proyectos coordinados, si la coordinaci�n se estimase innecesaria, se podr�n reconducir de oficio a proyectos individuales, con notificaci�n a los solicitantes.

Las solicitudes ser�n resueltas y notificadas en el plazo m�ximo de seis meses desde la publicaci�n de la correspondiente convocatoria.

L�neas Cient�fico-T�cnicas Prioritarias

1. Estudios geof�sicos de las zonas afectadas por el vertido del Prestige.


1.1 Caracterizaci�n espacio-temporal y din�mica de las masas de agua como apoyo a sistemas operacionales.

1.2 Contaminaci�n y procesos biogeoqu�micos.

1.3 Identificaci�n de riesgos: sedimentarios y tect�nicos.

2. Distribuci�n y din�mica de vertidos accidentales en los ecosistemas marinos.

2.1 Seguimiento espacio-temporal de la contaminaci�n en medios bi�ticos y abi�ticos. Identificaci�n de organismos indicadores.

2.2 Procesos de degradaci�n fotoqu�mica y microbiol�gica de contaminantes. Implicaciones ecotoxicol�gicas y para la regeneraci�n de zonas contaminadas.

2.3 Procesos de bioremediaci�n.

3. Evoluci�n del impacto sobre los sistemas biol�gicos marinos.


3.1 Evaluaci�n del impacto sobre la biodiversidad: Distribuci�n y abundancia de poblaciones y comunidades. Seguimiento de la recuperaci�n de los ecosistemas.

3.2 Evaluaci�n del impacto sobre las distintas fases del ciclo biol�gico estructura demogr�fica de especies relevantes desde el punto de vista ecol�gico y comercial. Selecci�n de especies bioindicadoras y centinelas de la contaminaci�n.

3.3 Evaluaci�n toxicol�gica, sus componentes y sus productos de degradaci�n sobres la reproducci�n, el crecimiento y la supervivencia en especies explotadas o de inter�s ecol�gico. Biomarcadores, respuestas morfol�gicas, bioensayos.

3.4 Redes tr�ficas.

3.5 T�cnicas de rehabilitaci�n y restauraci�n de espacios afectados por vertidos marinos accidentales.

4. Gesti�n de riesgo para el ecosistema

4.1 Indicadores de vulnerabilidad y mapas de sensibilidad.

4.2 Evaluaci�n de los efectos socioecon�micos, comerciales y no comerciales.

4.3 Instrumentos de toma de decisiones.

4.4 Dise�o de planes de contingencia.

4.5 Tecnolog�a de choque ante vertidos y contaminaci�n marina.

 
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