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El
Plan, como instrumento principal de la
Administraci�n
General del Estado para fomentar el desarrollo tecnol�gico
del sector mar�timo, se desarrollar� de acuerdo con los siguientes
principios de actuaci�n:
I. Publicidad y transparencia.
Con independencia de las disposiciones normativas sobre la publicidad
de las convocatorias y de las ayudas otorgadas, los gestores del
Plan har�n los mayores esfuerzos para extender dichas informaciones
a la pluralidad de agentes que pudieran estar interesados.
II. Concurrencia competitiva.
Las ayudas se otorgar�n en r�gimen de concurrencia competitiva
en las correspondientes convocatorias anuales que se realicen
al efecto.
III. Universalidad.
El �mbito de aplicaci�n de las ayudas incluye a todo el Sector
en todo el territorio de Espa�a.
IV. Gradualidad.
En la valoraci�n de los proyectos y en la determinaci�n del nivel
de las ayudas, se tendr� en cuenta, adem�s del nivel tecnol�gico
de la propuesta:
El tama�o de la empresa,
Su localizaci�n geogr�fica,
Su efecto incentivador para la empresa,
El compromiso para ulteriores actuaciones de difusi�n y explotaci�n
de los resultados de la investigaci�n,
y cualquier otro elemento de naturaleza socioecon�mica relevante
contemplado en el Encuadramiento Comunitario sobre las ayudas
de Estado a la I+D.
V. Coordinaci�n y complementariedad.
El Plan no se concibe como la �nica herramienta de las administraciones
p�blicas para apoyar el desarrollo tecnol�gico del Sector, pudiendo
complementarse con otras ayudas de programas horizontales promovidos
por la Administraci�n General del Estado, as� como con otras provenientes
de los Fondos de Reestructuraci�n del Sector Naval, las Comunidades
Aut�nomas y Programa Marco Europeo.
En todo caso, se buscar� la coordinaci�n de aquellas actuaciones
de apoyo p�blico a la I+D+i que puedan ser concurrentes.
VI. Continuidad.
El Plan tiene vocaci�n de continuidad en el futuro, adapt�ndose
a las necesidades del Sector en cada momento y apoy�ndose en la
experiencia obtenida de actuaciones anteriores.
VII. Econom�a en la utilizaci�n de medios.
En aras de la mayor eficacia y econom�a de medios, se apoyar�n
de manera especial aquellas actuaciones que contemplen la utilizaci�n
de las infraestructuras p�blicas y privadas de I+D (laboratorios
universitarios, centros de investigaci�n y centros tecnol�gicos).
VIII. Cooperaci�n sectorial.
El Plan fomentar� las actuaciones de cooperaci�n en el sector,
otorgando un tratamiento preferente a aquellas actuaciones que
impliquen y beneficien a un colectivo de empresas (proyectos cooperativos,
iniciativas de difusi�n y transferencia de tecnolog�a, "bench
marking", etc.)
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